Constitución dice que la jornada laboral no podrá ser mayor a ocho horas. Asamblea estudiará lo que decida el Consejo Superior del Trabajo.
La propuesta del Consejo Superior de Trabajo (CST) de modificar la jornada de trabajo en El Salvador podría requerir una modificación en la Constitución de la República, que ordena que esta no puede ser superior a ocho horas diarias, y que la semana laboral no puede superar 44 horas trabajadas.
El CST, integrado por gobierno, empleador y trabajadores, estudia desde la segunda quincena de agosto cómo modificar la jornada laboral sin afectar la cantidad de horas de trabajo semanal.
De momento, las opciones conocidas son: trabajar cuatro días a la semana (11 horas cada día) y descansar otros tres; o trabajar cuatro días y descansar cuatro mediante turnos rotativos. Con esta última, un grupo trabajaría 40 horas (10 por día) y otro haría 44 horas (11 por día).
Ambas opciones implican aumentar el umbral de horas contemplado actualmente en el artículo 38, literal 6, inciso primero, de la Constitución. Este dice: “La jornada ordinaria de trabajo efectivo diurno no excederá de ocho horas y la semana laboral, de cuarenta y cuatro horas”.